El Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de los apartados 1, 3 y 5 del art. 7 del Real Decreto 463/2020
En la Sentencia de 14 de julio de 2021 del Pleno del Tribunal Constitucional (Recurso de inconstitucionalidad nº 2054-2020) no se cuestiona la necesidad de adoptar medidas excepcionales para hacer frente a la gravedad y extensión de la pandemia sanitaria ocasionada por el COVID-19; medidas que se consideran necesarias, idóneas y proporcionadas, así como parangonables a las adoptadas en otros países de nuestro entorno.
Lo que se cuestiona es el instrumento jurídico utilizado para ello, por considerar que algunas de éstas, en cuanto implican la suspensión de derechos fundamentales, no encuentran cobertura constitucional en el estado de alarma declarado, y habrían justificado la declaración del estado de excepción. Que no se hiciera así violenta la distinción constitucional entre una y otra situación de crisis, convirtiendo la alarma en un sucedáneo de la excepción, no sometida a previa autorización parlamentaria.
La Sentencia cuenta con varios votos particulares.
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