REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS: NOVEDADES. ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA ESPAÑOLA: EL PROYECTO DE LOPD
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. Novedades introducidas por el RGPD aplicables al tratamiento de datos de salud. 1. Concepto amplio de datos de salud. 2. Tratamiento lícito sobre una base jurídica prevista en el RGPD y en base al Derecho elaborado por los Estados miembros. 3. La responsabilidad proactiva. 4. Consentimiento informado. III. Sobre la compatibilidad con el RGPD de las disposiciones de nuestra legislación sanitaria sobre tratamiento de datos de salud. IV. Hacia una Ley específica de Protección de Datos de Salud. 1. Justificación: insuficiencia de la actual legislación. 2. El artículo 9 del proyecto de LOPD.
El Reglamento General de Protección de Datos es de plena aplicación a partir de mayo de 2018, lo que exige la adaptación de nuestra legislación de protección de datos de salud a las disposiciones del Reglamento. Incorpora novedades que comportan nuevas obligaciones para los responsables y encargados del tratamiento de datos de salud. En este trabajo se analiza ese nuevo régimen y se ofrecen criterios o pautas para su complementación por nuestra legislación, complementación que debería plasmarse en una futura ley específica de protección de datos de salud. Uno de los ámbitos particularmente necesitados de revisión y adaptación al Reglamento, complementando el régimen jurídico que establece, es el relativo al consentimiento informado en la investigación científica biomédica.