EL CONTENIDO DE LA ASISTENCIA SANITARIA POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES: MÁS ALLÁ DE LOS LÍMITES DE LA CARTERA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. Las fuentes de financiación del Sistema Nacional de Salud. El aseguramiento de la responsabilidad objetiva del empleador en la atención sanitaria de las contingencias profesionales. III. Justificación de un distinto régimen jurídico para la asistencia sanitaria según la contingencia: el principio de reparación íntegra del daño en las contingencias profesionales. IV. Consecuencias de la derogación del decreto 2766/1967 de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el régimen general de la seguridad social. V. Situación actual de las prestaciones no incluidas en la cartera de servicios del sistema nacional de salud en el ámbito de las contingencias profesionales. VI. Conclusiones. VII. Abreviaturas. VIII. Bibliografía.
En el ámbito del derecho a la protección de la salud, la definición del contenido de la asistencia sanitaria que se ha de prestar desde los servicios sanitarios públicos viene determinada por la Cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, que constituye un límite en cuanto a la oferta de técnicas, tecnologías o procedimientos que se pueden emplear para la reparación de la salud perdida.
Cuando la alteración de la salud tiene su origen en el desempeño de una actividad laboral, tradicionalmente se ha defendido el principio de reparación íntegra del daño, que no admitiría limitación alguna en cuento al contenido de la asistencia sanitaria a prestar.
Los cambios normativos operados por el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, supusieron la derogación de normas de derecho interno que consagraban ese principio de reparación íntegra del daño, planteándose el debate jurídico sobre si, tras esa derogación, el principio de reparación íntegra del daño permanece o no vigente en el ordenamiento jurídico.
Para dar respuesta a esa cuestión, se analiza la evolución histórica de la protección de las contingencias profesionales, así como la financiación del sistema y la jurisprudencia sobre la cuestión, que fija la interpretación que debe darse a las normas de derecho internacional público sobre la protección que ha de dispensar la Seguridad Social a los trabajadores afectados por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.