LA NUEVA REGULACIÓN DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
Pertenece a Tipo de artículo1.- INTRODUCCIÓN. 2.- ESTRUCTURA DE LA LEY. 3.- DISPOSICIONES GENERALES. 4.- DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 4.1.- Políticas públicas para la salud sexual y reproductiva. 4.2.- Medidas en el ámbito sanitario. 4.3.- Medidas en el ámbito educativo. 4.4.- Estrategia de salud sexual y reproductiva. 5.- DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. 5.1.- Condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo. 5.1.1.- Garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. 5.1.2.- Los requisitos comunes. 5.1.3.- La interrupción del embarazo a petición de la mujer. 5.1.4.- La interrupción por causas médicas. 5.1.5.- El Comité Clínico. 5.1.6.- La información previa al consentimiento de la interrupción voluntaria del embarazo. 5.2.- Garantías en el acceso a la prestación. 5.2.1.- Medidas para garantizar la prestación por los servicios de salud. 5.2.2.- Protección datos: intimidad y confidencialidad. 6.- LAS DISPOSICIONES ADICIONALES Y FINALES. 7.- ALGUNAS CONCLUSIONES. 7.1.- Incorporación a la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. 7.2.- La información y el consentimiento. 7.3.- La objeción de conciencia. 7.4.- El tratamiento de datos.
La Ley Orgánica 2/2010, de 3 marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo se publicó en el BOE de 4 marzo 2010, y entró en vigor el pasado 5 de julio. El objetivo de este trabajo es puramente descriptivo de lo dispuesto en la citada LO 2/2010, sin perjuicio de señalar el desarrollo reglamentario existente y de apuntar los retos que se plantean como consecuencia de la misma.