LA HISTORIA CLÍNICA EN EL RECONOCIMIENTO Y CONTROL DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR INCAPACIDAD DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. El concepto de historia clínica. III. Procedimientos administrativos en las prestaciones por incapacidad. IV. El derecho a la intimidad y la presencia de datos médicos en el expediente administrativo. V. El acceso a la Historia clínica. VI. La cuestión de las anotaciones subjetivas en la Historia clínica. VII. La ampliación de la información médica disponible: solicitudes de información clínica y exploraciones indicadas por el médico inspector. VIII. Conclusión. IX. Abreviaturas.
Las prestaciones económicas que tienen por objeto sustituir las rentas del trabajo que no puede desempeñarse por causa de las consecuencias de una alteración de la salud se reconocen y controlan a través de actuaciones administrativas que precisan partir de la constatación de la situación médica del trabajador enfermo. El buen funcionamiento del sistema necesita incorporar a estos procedimientos la historia clínica como principal fuente de la información médica sobre el trabajador enfermo, necesaria para la toma de decisiones en el procedimiento de reconocimiento y control de las prestaciones del sistema.
Las modificaciones operadas en los sistemas de acceso a la historia clínica por parte de los médicos inspectores de las Entidades Gestoras hacen más necesario que nunca incidir en el papel que el médico inspector tiene como garante del derecho a la intimidad del trabajador, seleccionando, del conjunto de información médica accesible, sólo la que resulte necesaria para adoptar la decisión administrativa que corresponda y, en su caso, completando aquella información necesaria pero que no está disponible a través de la historia clínica ni de otros informes que se hayan incorporado al procedimiento.