LAS TERAPIAS ALTERNATIVAS: LOS LÍMITES ENTRE EL INTRUSISMO Y LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA
Pertenece a Tipo de artículo1. Introducción. 2. El delito de intrusismo. 2.1 Bien jurídico protegido. 2.2 La conducta de los tipos básicos y cualificados. 2.3 El delito de intrusismo en el ámbito de las “terapias alternativas”. 2.4 Concurso del delito de intrusismo con el delito de estafa. 3. Las terapias alternativas y la publicidad engañosa. 4. Conclusión.
La salud es un bien que por su naturaleza requiere de una especial protección y cuyo abordaje debe efectuarse con el máximo rigor, siendo obligación de las autoridades y operadores sanitarios velar porque se dispense una atención sanitaria técnica y profesional adecuada a las necesidades de salud de las personas.
Los procesos de enfermedad y su manejo terapéutico deben seguir una metodología avalada por la comunidad científica médica, sin que pueda concebirse la aplicación de procedimientos o tratamientos que no hayan superado el correspondiente proceso de validación por parte de la comunidad médica internacional. [...]