LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE DISCAPACIDAD EN EL ACCESO A LOS SEGUROS DE SALUD PRIVADOS: A PROPÓSITO DEL ARTÍCULO 17.2 DE LA LEY 15/2022, DE 12 DE JULIO, INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. La discriminación por razón de discapacidad en el acceso a los seguros. II.1. Los seguros privados como cuestión de derechos fundamentales. II.2. Legislación antidiscriminatoria en materia de seguros en España. III. Historia de una eterna reforma legislativa. III.1. Modificaciones en la redacción del artículo. III.2. Análisis crítico de los artículos 17.2 y 17.3 de la Ley 15/2022 a la vista de su historia. IV. Algunas propuestas para la reforma. V. Conclusiones. VI. Bibliografía.
El artículo 15.2 de la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación presentada en el Congreso de los Diputados en enero de 2021 supuso una oportunidad para abordar las barreras que las personas con discapacidad encuentran en la contratación de seguros de salud privados y caminar hacia el completo cumplimiento del artículo 25 e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, la formulación que ha quedado finalmente plasmada en el artículo 17.2 de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, herencia de legislaturas pasadas, no solo no cumple con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sino que la quiebra aún más incrementando la desigualdad que este colectivo enfrenta en el ejercicio de los derechos fundamentales que se relacionan con la posesión de un seguro de salud privado.