EL TRATAMIENTO MÉDICO EXTERNO POR RAZÓN PENAL
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. Regulación. III. Naturaleza. IV. Principios de aplicación. V. Requisitos de aplicación. 1. Aspectos normativos. 2. Breve excursus sobre la peligrosidad. VI. Momento de aplicación. VII. Ejecución de la medida. VIII. Control de la ejecución. IX. Duración de la medida. X. Incumplimiento de obligaciones. XI. Conclusiones. XII. Bibliografía.
En este artículo se analiza una de las reglas de conducta contempladas en la libertad vigilada (medida de seguridad no privativa de libertad). Es una regla que puede imponerse en la propia sentencia o en el transcurso de otra medida de seguridad. Tiene especial relevancia como solución sustitutiva del internamiento psiquiátrico penal. Se estudian los principios y requisitos para su aplicación, el momento en que puede imponerse, su ejecución y control judicial, su duración y las consecuencias de un posible quebrantamiento de esta regla/medida.